Todos los trámites tras el nacimiento del bebé

  • 17 de Noviembre del 2019
  • 6 min de lectura

Cuando se acerca el momento del parto, además de pensar en darle la bienvenida al recién nacido, hay que tener en mente todos los trámites necesarios tras el nacimiento. En este post te explicamos todos y cada uno de los papeleos requeridos cuando llega al mundo un bebé en España. 

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Inscripción del recién nacido en el Registro Civil

Según la ley, el nacimiento es el primer hecho en la vida que se ordena inscribir en el Registro Civil. Mediante este trámite queda constancia oficial de la fecha y lugar de nacimiento, nombre, género del bebé e identidad de los progenitores. Con esto, el bebé ya es considerado ciudadano o ciudadana de pleno derecho

¿Quién puede hacerla?

  • En el caso de una pareja casada pueden hacerlo cualquiera de los dos miembros del matrimonio. Si la inscripción la realiza solo uno de los progenitores, se debe aportar la orden de transmisión de los apellidos.
  • Si es hijo de padres no casados o solteros: pueden hacerlo juntos, haciendo constar los datos de ambos, o bien, puede hacerlo la madre o el padre solo/a, sin hacer constar los datos del otro progenitor en caso de familias monoparentales. 

¿Dónde se hace?

  • En el Registro Civil de la ciudad o población en la que ha nacido el bebé. 
  • En la actualidad es posible realizar esta gestión en el centro sanitario a través de una comunicación electrónica. 
  • Si se hace de manera presencial, servirá para actualizar el Libro de familia con la incorporación del nuevo miembro. 
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Documentación necesaria para hijos matrimoniales

  • DNI o pasaportes de los progenitores con domicilio actualizado. En caso de no estarlo, se debe aportar el certificado de empadronamiento.
  • Libro de familia en caso de parejas casadas. 
  • Informe médico de maternidad que facilita el centro hospitalario.
  • Formulario de Declaración de nacimiento que proporciona el hospital o el propio Registro Civil.
  • Si la inscripción se quiere hacer en un municipio diferente al del nacimiento, se necesita un documento que facilita el hospital en el que se especifica que no se ha promovido la inscripción en el lugar de nacimiento. Si se hace de manera telemática desde el centro sanitario, basta con que quede indicado y sellado por parte del hospital. 
  • Documentación necesaria para hijos no matrimoniales

Son necesarios los mismos documentos que los requeridos para hijos matrimoniales, pero, además, en el caso de que uno, o ambos, sean divorciados, deben presentar el certificado de matrimonio con la inscripción marginal correspondiente, o bien, la sentencia firme de divorcio o separación

Madre sosteniendo a su bebé recién nacido en el hospital

Certificado de nacimiento

  • El certificado literal de nacimiento se pide en el Registro Civil y se puede solicitar en el momento en el que se realiza la inscripción de manera presencial. 
  • Si la inscripción se hace de forma telemática, el Registro enviará directamente el certificado. 
  • Este documento es muy importante, ya que sirve para realizar otros trámites en las diferentes entidades y administraciones públicas, como, por ejemplo, hacer el DNI al recién nacido. 

Inscripción en la Seguridad Social

Para que al bebé se le pueda atender en la sanidad pública y se le asigne un pediatra, debe estar inscrito en la Seguridad social. El recién nacido será incluido como beneficiario de asistencia con uno de sus progenitores. 

¿Dónde hacerla?

Esta gestión puede hacerse de manera presencial en los Centros de Atención e Información (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). También puede realizarse por correo postal o de forma electrónica rellenando el correspondiente formulario y aportando la documentación solicitada. 

Documentación necesaria:

  • Libro de familia actualizado con la inscripción del recién nacido, o sin actualizar con la certificación literal de nacimiento. 
  • DNI.
  • Formulario de solicitud de beneficiario de la Seguridad Social. 
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Tarjeta sanitaria y asignación de pediatra

Una vez hecha la inscripción en la Seguridad Social, se puede solicitar la tarjeta sanitaria que facilita la Comunidad Autónoma en la que residan los padres del bebé. Una vez obtenida la tarjeta, se puede solicitar la asignación de pediatra

¿Dónde se solicita?

En el Centro de Atención Primaria (CAP) o Centro de Salud correspondiente en función del domicilio familiar. 

Documentación necesaria: 

  • Libro de familia actualizado con la inscripción del recién nacido, o sin actualizar con la certificación literal de nacimiento.
  • Impreso de afiliación del bebé a la Seguridad Social. 
  • En algunos centros de salud proporcionan un impreso de solicitud.

Bajas de maternidad/paternidad

Tras el nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo, los progenitores que sean trabajadores por cuenta propia o ajena tienen derecho a disfrutar de una baja maternal o paternal. 

Este periodo es remunerado por la Seguridad Social, y también se denomina prestación por maternidad o paternidad. 

En el caso de la figura materna, este permiso es de 16 semanas ininterrumpidas, siendo las primeras 6 obligatorias, mientras que el resto pueden cederse al otro progenitor o renunciar a ellas. Este tiempo se amplía en casos de partos múltiples, adopciones o acogimientos múltiples, discapacidad u hospitalización del recién nacido. 

Desde el 1 de enero de 2020, el otro progenitor, puede disfrutar de un periodo de descanso de 12 semanas. Al igual que en el caso de la madre, este tiempo también puede ampliarse si se trata de partos múltiples, adopciones o acogimientos múltiples, discapacidad u hospitalización del recién nacido. 

¿Dónde se solicita?

En el centro de información del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) más próximo al domicilio de la madre. También se puede hacer por Internet a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. 

Documentación necesaria: 

  • DNI o pasaporte de quien lo pide. 
  • Solicitud de prestación de maternidad/paternidad.
  • En casos en los que la madre haya comenzado su baja antes del nacimiento del bebé, y/o en casos de muerte perinatal tras al menos 180 días de gestación, es necesario aportar también el informe de maternidad que se puede obtener en el Centro de Atención Primaria (CAP). 
  • Libro de familia
  • Certificado de empresa si trabaja por cuenta ajena. 

Gente haciendo trámites en una oficina de la administración pública

Alta en el padrón municipal

La ley obliga a todos los residentes españoles a estar empadronadas en el municipio en el que residen. El alta en el padrón se hace de oficio, es decir, que se hace de manera automática cuando nace un bebé

En caso de que querer empadronar a un recién nacido en una ciudad diferente a la de su nacimiento, hay que acudir al ayuntamiento con el libro de familia y el DNI de alguno de los progenitores para solicitarlo. 

Deducción del IRPF por maternidad

Se trata de una ayuda de 100€ al mes que reciben las mujeres trabajadoras desde que nace el bebé y hasta que este tiene 3 años. Se puede recibir mensualmente o en conjunto al hacer la declaración del IRPF. 

 ¿Dónde se solicita?

  • De manera telemática a través de la web de la agencia Tributaria.

  • Llamando al 901 200 345.

  • Presencialmente en la Agencia Tributaria. 

Documentación necesaria: 

  • DNI o documento identificativo equivalente. 
  • Número de afiliación a la Seguridad Social.
  • Cuenta bancaria en la que se percibirá la ayuda. 
  • Formulario de solicitud

Esta es la única ayuda que existe actualmente a nivel estatal. Dependiendo de la Comunidad Autónoma, es posible que existan otras ayudas por nacimiento, cuidado del lactante o guardería

Es posible que al ver toda esta información te sientas algo abrumada/o, pero teniendo esta pauta con los trámites a realizar y la documentación necesaria, verás como todo acaba siendo mucho más sencillo de lo que parece. 

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Etapa vital

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Comentarios

Sanam Rauf Jue, 04/06/2020 - 01:28

Muy útil e informativo. Este articulo tiene todo la ayuda lo que yo necesitaba.
Muchas gracias

Club familias Lun, 08/06/2020 - 18:46

Nos alegramos de que haya sido útil para ti y tu peque. ¡Un abrazo, familia!

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